Tenientes de Alcalde
Ayuntamiento de Hermigua
Ayuntamiento de Hermigua
- La Alcaldía podrá nombrar entre los Concejales/as que formen parte de la Junta de Gobierno Local a los/as Tenientes de Alcalde, que le sustituirán, por el orden de su nombramiento, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, conforme a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento.
- Los/as Tenientes de Alcalde ejercerán las competencias que les deleguen la Alcaldía o la Junta de Gobierno, y podrán ostentar o no la titularidad de un Área de Gobierno.
- El/a Teniente de Alcalde que asuma la titularidad de un Área de Gobierno ostentará además, la condición de Concejal/a de Gobierno.
- Los/as Tenientes de Alcalde tendrán el tratamiento de Ilustrísima.